La nueva ordenanza de movilidad aprobada por el Ayuntamiento de Madrid este viernes 20 de agosto forma parte de un ambicioso plan para ir consolidando progresivamente, hasta 2024, una de las zonas de bajas emisiones (ZBE) más grandes de Europa que superará los 600 km2. En caso de que la ordenanza no se apruebe Madrid se encontraría en una especie de limbo e incumpliría la Ley de Cambio Climático.

¿Por qué se promueve esta nueva ordenanza de movilidad?

Para convertir a Madrid en la capital de la movilidad sostenible y proteger la salud de sus ciudadanos mejorando la calidad del aire y la seguridad vial.

Desde 2010, la capital no cumple con la directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008 relativa a la calidad del aire y medio ambiente, por eso se trabaja para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y conseguir una atmósfera más limpia.

Para evitar, una cuantiosa sanción de la Unión Europea por no cumplir con los objetivos anticontaminación y para cumplir con el objetivo de recortar las emisiones de CO2 en al menos un 23% en el año 2030 respecto a los niveles de 1990 es necesario establecer medidas concretas relativas a la movilidad.

En el plan diseñado se fija el año 2050, para que España alcance la neutralidad climática, es decir que las emisiones de gases de efecto invernadero sean iguales o inferiores a las que se eliminan a través de la absorción natural del planeta. También se pretende disminuir la intensidad de tráfico, recuperando espacio público para el peatón.

Además, la Ley de cambio climático aprobada por el Parlamento en mayo 2021, obliga a las ciudades de más de 50.000 habitantes a tener Zonas de Bajas Emisiones (ZBEs) y a las de 20.000 también si la calidad de su aire es deficiente.

¿Cuando entrará en vigor la nueva ordenanza de movilidad?

La corporación municipal ha convocado una Junta de Gobierno extraordinaria para el viernes 20 de agosto donde prevé que se apruebe la nueva ordenanza de movilidad. El siguiente paso es llevarla al Pleno en el mes de septiembre y si se aprueba por mayoría entrará en vigor unos días más tarde.

¿Qué pasará con Madrid Central?

La nueva OMS sustituirá a Madrid Central, al no tener validez legal tras ser suspendida por el Tribunal Supremo.

Por lo que desaparecerá el Madrid Central tal como lo hemos conocido hasta ahora y en la nueva ordenanza, en la que ha estado trabajando el Ayuntamiento, se incorpora nuevas zonas de bajas emisiones (ZBEs). Además, Centro y Plaza Elíptica gozarán de una Protección Especial con un funcionamiento especifico que entrará en vigor cuando se apruebe la ordenanza, y todo el término municipal declarado ZBE de manera progresiva y por anillos territoriales desde 2022 hasta 2025.

¿Quién podrá acceder y circular por el interior del perímetro de la ZBE y estacionar en las zonas SER?

Las personas empadronadas en Madrid Central que tengan un vehículo ya sea en propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, retribución en especie o como vehículo de sustitución y vehículos de otras personas invitadas por estas según el cupo establecido.

La ordenanza tiene en cuenta los distintivos ambientales emitidos por la Dirección General de Tráfico para delimitar lo que estará prohibido y permitido a cada vehículo.

¿Cómo afecta a los vehículos que tienen el distintivo A, sean o no residentes en Madrid capital?

Los vehículos con etiqueta A o sin etiqueta, son los diéseles matriculados antes de 2006 o gasolina matriculados antes del año 2000.

  • 2022 No residentes: no podrán circular por las calles del interior de la M-30 pero si por la M-30. Por ejemplo, un vehículo cuyo dueño reside en Torrelodones, verá restringida su circulación dentro de la M-30.
  • 2023 tanto residentes como No residentes: no podrán circular por las calles del interior de la M-30 ni por la propia M-30.
  • 2024 No residentes: no podrán circular en todo Madrid centro
  • 2025 residentes: no podrán circular en todo Madrid centro

¿Hay algún tipo de ayudas para sustituir los vehículos?

A partir del 2025 no podrán acceder a Madrid Central los vehículos sin distintivo ambiental de personas empadronadas en el Área. Se hace una excepción para los vehículos considerados “históricos” conforme a la normativa nacional y para los vehículos adaptados sin distintivo ambiental que trasladen a personas con movilidad reducida.

A partir del 2025, todos los vehículos sin etiqueta tendrán el acceso prohibido a la ciudad de Madrid por eso para sobrellevar esta transición se establecieron en abril del 2021 las ayudas del Plan MOVES III, disponibles hasta final de 2023.

Este es un plan de ayuda a particulares (no para vehículos de empresa) para la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables dotada con un presupuesto de 400 millones de euros ampliables al doble en función de la demanda.

¿Cómo afecta a los vehículos que tienen el distintivo B y NO son residentes en la ciudad?

Este es el distintivo que tienen un 29,7% del parque automovilístico y correspondiente también a vehículos más antiguos, al ser la pegatina que tienen los turismos o furgonetas de gasolina matriculado a partir de 2000 o de diésel matriculados después de 2006, vehículos de alta ocupación (8 pasajeros) y vehículos pesados matriculados a partir de 2005.

Estos vehículos podrán acceder a la zona centro pero solo podrán estacionar en un aparcamiento público o en uno de su propiedad.

La limitación de acceso a los vehículos de mercancías con etiqueta B y que pesen más de 3.500 kg, se retrasa un año respecto a lo inicialmente previsto y podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2022.

¿Cómo afecta a los vehículos que tienen el distintivo C?

Este es el distintivo para los turismos o furgonetas de gasolina matriculados a partir de 2006 o de diésel matriculados después de 2014, vehículos de alta ocupación (8 pasajeros) y vehículos pesados matriculados a partir de 2014.

Estos coches representan el 36% del tráfico circulante y se les aplica las mismas restricciones que a los de etiqueta B, por lo que podrán acceder a la zona centro y solo podrán estacionar en un aparcamiento público de su propiedad.

¿Se aumentan las zonas Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)?

Desde 2020, el estacionamiento en la zona SER dentro de la almendra central está permitido solo a residentes del mismo barrio. La nueva ordenanza, prevé ampliar la zona SER a 20 nuevos barrios a en los próximos años, en estas nuevas zonas se aplicarán las restricciones de aparcamiento a los vehículos sin etiqueta, y se establecerá una nueva tarifa dinámica de la zona SER en función de la contaminación que haya cada día para controlar que no se produca un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno.

También está previsto establecer 5 aparcamientos disuasorios gratuitos, para que los usuarios de vehículos Sin Etiqueta pueden dejar sus coches y acceder a Madrid.

¿Como afecta a las motos?

Las motos con etiqueta ECO o Cero seguirán como hasta ahora sin ningún tipo de restricción. En principio, las motos con etiqueta B o C podrán seguir entrando a Madrid Central desde las 7:00 hasta las 23:00.